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España flexibiliza las exigencias energéticas para los centros de datos

España flexibiliza las exigencias energéticas para los centros de datos

  • El Gobierno suaviza las reglas de energía renovable para centros de datos y establece una senda gradual hasta alcanzar el 80% del consumo.
Centro de datos

España ha rebajado algunas de las exigencias energéticas previstas para los nuevos centros de datos después de las críticas recibidas por el primer borrador regulatorio. La nueva versión mantiene como referencia que estas instalaciones respalden con energía renovable el 80% de su consumo, pero introduce un periodo transitorio para determinados proyectos y flexibiliza las condiciones que deben cumplir las plantas renovables asociadas.

El cambio modifica uno de los puntos más controvertidos del proyecto de real decreto que el Gobierno presentó a finales de agosto. Aquella propuesta exigía acreditar, hora a hora, que al menos el 80% de la electricidad consumida procedía de generación renovable producida durante ese mismo periodo y, además, vinculada a nueva capacidad de generación.

El planteamiento inicial del Ministerio para la Transición Ecológica respondía al rápido crecimiento de las solicitudes de conexión de centros de datos y al temor del Ejecutivo a que una parte importante de la capacidad disponible en la red eléctrica quede comprometida por proyectos que finalmente no se construyan.

El texto revisado, conocido después del periodo de alegaciones y remitido ya al Consejo de Estado, conserva esa lógica regulatoria, aunque concede más margen a los promotores para adaptarse.

Una senda gradual para alcanzar el 80% renovable

Según el borrador al que ha tenido acceso Bloomberg, los proyectos acogidos al régimen transitorio deberán cubrir con energía renovable al menos el 60% de su demanda durante los periodos de mayor consumo eléctrico, denominados P1, hasta 2029.

El porcentaje aumentará al 70% en 2029 y alcanzará el 80% en 2032. Durante los periodos P2, correspondientes al segundo tramo de mayor demanda, también se exigirá una cobertura renovable del 60%.

La modificación rebaja así el impacto inmediato de una obligación que, en la primera versión, pretendía aplicar directamente el umbral del 80% con correlación horaria. La norma seguirá utilizando ese porcentaje como referencia, pero permitirá una adaptación progresiva a las instalaciones que cumplan determinadas condiciones de flexibilidad frente al sistema eléctrico.

Una de ellas será la participación en mecanismos que permitan reducir automáticamente la potencia demandada cuando Red Eléctrica necesite aliviar el sistema. De esta manera, los centros de datos podrán beneficiarse de la transición regulatoria a cambio de aceptar una mayor capacidad de gestión de su consumo en situaciones de estrés de la red.

El enfoque introduce un elemento relevante para operadores de infraestructuras digitales. La disponibilidad eléctrica continúa siendo esencial para este tipo de instalaciones, que funcionan de forma permanente y cuyos servidores necesitan mantener cargas relativamente constantes. La capacidad de interrumpir o reducir demanda requiere, por tanto, sistemas de respaldo, almacenamiento o una arquitectura operativa preparada para esas situaciones.

Menos restricciones para contratar generación renovable

La segunda modificación importante afecta al requisito de «adicionalidad». El Gobierno pretende que el crecimiento del consumo asociado a los centros de datos venga acompañado de nueva generación renovable y no se limite a absorber electricidad limpia que ya abastece al conjunto del sistema.

La primera propuesta restringía considerablemente la antigüedad de las instalaciones que podían considerarse nuevas. El borrador revisado permitirá utilizar plantas renovables puestas en servicio hasta 36 meses antes de la entrada en funcionamiento del centro de datos, ampliando significativamente el margen anterior.

La energía solar fotovoltaica tendrá además un tratamiento más flexible. Las plantas solares podrán quedar fuera de esa limitación de antigüedad siempre que cumplan las condiciones previstas en la norma, lo que amplía el conjunto de activos disponibles para estructurar contratos de suministro eléctrico a largo plazo.

La flexibilización responde parcialmente a las objeciones planteadas durante la tramitación. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia había recomendado modular tanto la adicionalidad como la correlación horaria, al considerar que un diseño excesivamente rígido podía generar ineficiencias cuando el sistema ya dispusiera de excedentes renovables.

El regulador planteó, entre otras posibilidades, introducir una senda progresiva para alcanzar el 80%, precisamente una de las fórmulas que aparecen ahora en la versión revisada.

Más de 12 GW de acceso a la red ya concedidos

La regulación llega mientras España intenta consolidarse como uno de los principales mercados europeos para infraestructura digital. La disponibilidad de suelo, conectividad internacional y una elevada penetración de generación renovable han atraído proyectos de Amazon Web Services, Microsoft y otros grandes operadores tecnológicos, además de inversiones de compañías inmobiliarias y fondos especializados.

La dimensión de las solicitudes ha obligado al Gobierno a prestar especial atención al impacto sobre la red eléctrica. Desde 2021 se han concedido más de 12 GW de derechos de acceso y conexión para este tipo de instalaciones entre las redes de transporte y distribución.

La cifra contrasta con las necesidades previstas para los centros que previsiblemente estarán operativos al final de la década. El propio Ejecutivo estima que unos 2,5 GW de potencia informática en 2030 podrían traducirse en una demanda eléctrica situada entre 3,5 y 4 GW.

Esa diferencia entre capacidad solicitada y demanda esperada explica otra de las prioridades del decreto: evitar la reserva de capacidad eléctrica por parte de proyectos con pocas posibilidades de materializarse. En zonas donde la red está saturada, conceder acceso a una instalación que permanece durante años sobre el papel puede impedir la conexión de industrias, proyectos renovables u otras actividades electrificadas.

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La nueva regulación vincula por ello los requisitos ambientales y energéticos con el mantenimiento de los derechos de acceso. Los incumplimientos podrán derivar en recargos y, en última instancia, en la pérdida de esos derechos.

Un mercado que prevé multiplicar por seis su capacidad

El endurecimiento regulatorio coincide con unas previsiones de expansión poco habituales en otras infraestructuras industriales. España cerró 2025 con 439 MW de potencia informática instalada en centros comerciales de colocation e hiperescala, un 24% más que el año anterior.

El último informe anual de SpainDC calcula que la capacidad podría alcanzar los 2.537 MW en 2030, casi seis veces el volumen actual. La asociación estima además que la inversión directa e indirecta acumulada durante el periodo podría aproximarse a 66.900 millones de euros.

El crecimiento de la inteligencia artificial ha elevado todavía más las necesidades eléctricas del sector. Los aceleradores utilizados para entrenar y ejecutar modelos requieren mayor densidad energética que buena parte de la infraestructura informática tradicional y están impulsando centros de mayor tamaño, refrigeración líquida y conexiones eléctricas de cientos de megavatios.

Precisamente esa escala ha endurecido el debate sobre cuánto valor económico generan estas instalaciones frente a los recursos que consumen. El Gobierno ha insistido en que la llegada de capacidad informática debe ir acompañada de eficiencia energética, control del consumo de agua y beneficios económicos suficientes para justificar la utilización de capacidad eléctrica limitada.

Al mismo tiempo, el Ejecutivo mantiene los centros de datos dentro de su estrategia tecnológica. El Plan IA360 presentado en septiembre contempla el desarrollo de estas infraestructuras siempre que operen con elevados estándares energéticos y medioambientales y contribuyan a la soberanía europea sobre los datos.

La cuestión regulatoria pasa ahora al Consejo de Estado, último gran trámite consultivo antes de que el proyecto pueda llegar al Consejo de Ministros. El texto todavía puede sufrir modificaciones antes de su aprobación definitiva.

Para las empresas que estudian nuevas instalaciones en España, la revisión reduce uno de los riesgos que introducía el primer borrador: tener que asegurar desde el inicio una cantidad muy elevada de nueva generación renovable con correspondencia horaria. La exigencia del 80% permanece, pero la transición escalonada, la ampliación de la antigüedad admitida para las plantas renovables y las excepciones para la fotovoltaica amplían las opciones para estructurar el suministro eléctrico de proyectos de gran consumo.

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