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Telefónica dejará de ser operador del servicio universal

Telefónica dejará de ser operador del servicio universal

  • España retirará a Telefónica la obligación del servicio universal al considerar que el mercado ya garantiza la telefonía fija y el acceso a internet.
Marc Murtra, Telefónica

La obligación de que Telefónica garantice el acceso a internet y la telefonía fija en cualquier punto de España tiene los días contados. La CNMC ha informado favorablemente sobre el proyecto de Orden que pondrá fin a la designación de la operadora como responsable de prestar estos componentes del servicio universal de telecomunicaciones, al considerar que la cobertura disponible en el mercado permite prescindir de un proveedor designado.

El cambio modifica una pieza histórica de la regulación española de las telecomunicaciones, pero no elimina el servicio universal ni el derecho de los ciudadanos a disponer de determinadas comunicaciones básicas. Lo que desaparece es la necesidad de mantener a una empresa concreta obligada a atender las solicitudes que el mercado no cubra por sí mismo.

La propuesta ha sido elaborada por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales y requiere todavía la aprobación de la correspondiente Orden. La CNMC considera que retirar la obligación es coherente con la extensión alcanzada por las redes fijas y móviles, la existencia de alternativas inalámbricas y la disponibilidad de conexiones por satélite.

El servicio universal continúa aunque desaparezca el operador designado

La diferencia es relevante. La Ley General de Telecomunicaciones define el servicio universal como el conjunto de prestaciones que deben estar disponibles para todos los consumidores, con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible. Actualmente incluye el acceso de banda ancha desde una ubicación fija y los servicios de comunicaciones vocales mediante una conexión fija.

Para la banda ancha, la legislación fija una velocidad mínima de descarga de 10 Mbps y contempla elevarla a 30 Mbps cuando la extensión de las redes y la evolución tecnológica lo permitan. El marco regulatorio tampoco exige que exista permanentemente un operador designado. Esa figura entra en juego cuando las condiciones normales de explotación comercial no garantizan alguno de los servicios en una ubicación determinada.

Por tanto, la Administración podrá volver a intervenir si en el futuro detecta zonas o grupos de usuarios a los que el mercado no presta el servicio en las condiciones previstas. La ley permite designar uno o varios operadores, incluso diferentes según el servicio o el área geográfica, mediante un sistema que debe contemplar un mecanismo de licitación pública.

El cambio regulatorio traslada así el punto de partida: mientras la disponibilidad comercial sea suficiente, no habrá una compañía obligada específicamente a cubrir las carencias. La supervisión pasa a resultar especialmente relevante para detectar si esa premisa deja de cumplirse en algún territorio.

La extensión de la fibra y el 5G reduce la necesidad de intervención

La decisión llega después de años de despliegues privados y programas públicos destinados a extender las redes de nueva generación. Los últimos datos de cobertura publicados por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, correspondientes a junio de 2025, sitúan la cobertura de redes fijas capaces de ofrecer al menos 1 Gbps en el 94,9% de los hogares españoles. La fibra hasta el hogar alcanza alrededor del 96% y supera el 88% en las zonas rurales.

También se ha estrechado la distancia entre las áreas urbanas y rurales. Las redes fijas de capacidad Gigabit cubren el 86,01% de los hogares rurales, con una diferencia de menos de nueve puntos porcentuales respecto al conjunto del país. Mientras tanto, la cobertura 5G supera el 99% de la población y alcanza el 96,13% en el ámbito rural.

A estas redes terrestres se suman las alternativas satelitales, que permiten proporcionar conectividad en lugares donde un despliegue fijo convencional resulta más complejo. La información oficial de cobertura considera que las redes satelitales ofrecen disponibilidad sobre todo el territorio, aunque sus características comerciales y técnicas son distintas de las de la fibra.

La transformación de las infraestructuras también ha cambiado la red heredada sobre la que se construyó buena parte del antiguo modelo de servicio universal. España completó en mayo de 2025 el cierre de las centrales de cobre y ADSL de Telefónica, después de sustituir progresivamente esos accesos por fibra u otras tecnologías.

Ese grado de cobertura es el argumento central para retirar una obligación diseñada precisamente para intervenir allí donde la oferta comercial no era suficiente.

Los usuarios vulnerables mantienen las medidas de asequibilidad

El fin de la designación de Telefónica tampoco implica que desaparezcan las obligaciones relacionadas con el precio de los servicios. La regulación mantiene mecanismos destinados a garantizar que los consumidores con menos recursos puedan acceder a las comunicaciones incluidas en el servicio universal.

La propuesta prevé expresamente que quienes ya son beneficiarios del abono social puedan continuar recibiéndolo. A su vez, las obligaciones de asequibilidad afectan a los operadores que ofrecen acceso fijo a internet y comunicaciones vocales, de modo que la protección no depende de que Telefónica conserve su actual condición de operador designado.

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Este aspecto separa dos elementos que durante años han estado estrechamente vinculados: quién garantiza físicamente la disponibilidad del servicio y qué mecanismos permiten que sea económicamente accesible. La retirada de la obligación a Telefónica afecta al primero, mientras que las medidas de protección al consumidor permanecen dentro del marco del servicio universal.

La prestación también ha tenido una dimensión económica para el sector. Cuando la obligación impuesta genera una carga injusta, la legislación contempla el cálculo y la financiación de su coste neto. La CNMC determinó, por ejemplo, que el coste neto soportado por Telefónica por el servicio universal durante 2022 ascendió a 5,38 millones de euros.

Al desaparecer la designación obligatoria para los actuales componentes, este mecanismo pierde peso para futuras prestaciones mientras el mercado continúe garantizando su disponibilidad sin intervención adicional.

El nuevo reglamento deberá cerrar el marco antes de final de 2026

La CNMC acompaña su valoración favorable con una cautela. El regulador considera necesario mantener la vigilancia sobre la disponibilidad real de los servicios en todo el territorio, independientemente de la localización de los usuarios, para poder plantear medidas adicionales si aparecen zonas desatendidas.

El organismo también reclama que el nuevo Reglamento de servicio universal se apruebe antes del 31 de diciembre de 2026. El texto debe desarrollar el Título III de la Ley General de Telecomunicaciones y concretar el funcionamiento del modelo adaptado al marco actual. La propia CNMC informó sobre el proyecto de Real Decreto en junio de este año.

La retirada de Telefónica como operador obligado representa así una transición desde un esquema basado en un prestador previamente designado hacia otro en el que la oferta comercial asume inicialmente la cobertura. Para operadores y Administración, la consecuencia práctica será que el control de cobertura, calidad y asequibilidad tendrá que identificar con suficiente precisión cualquier fallo territorial del mercado: si aparecen zonas donde las ofertas disponibles dejan de garantizar el servicio universal, la ley permite reactivar la designación de operadores y volver a imponer obligaciones de prestación.

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